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- Buen Samaritano  -
 
- Buen Samaritano, update:
 
En las primeras clases de los cursos PAB siempre tenemos que superar el escepticismo que genera el plantear la importancia de las normas del Buen Samaritano, su comprensión y adecuada aplicación. Siendo esto mucho mas notable en los cursantes egresados previamente de otros cursos de primeros auxilios o egresados de las escuelas de guardavidas, donde se subestima (peligrosamente) los aspectos legales.
La secuencia: seguridad del escenario, activar el SEM , presentarse con nombre y nivel de certificación, obtener el consentimiento de la víctima, y no excederse en los procedimientos es un algoritmo casi sin excepciones.
Muchas veces se confunden conceptos: el rescatar una víctima del agua, del fuego o de cualquier peligro no nos otorga derechos sobre ella, todo lo contrario: nos ajusta a obligaciones.
Un fallo en primera instancia, difundido hoy, contra un médico que se excedió en el consentimiento provisto por su paciente pone blanco sobre negro en el tema de los límites que impone una autorización de un paciente o víctima. Este fallo no apunta a lo correcto o inadecuado del tratamiento provisto, ni a su desenlace (fallecimiento), si no al hecho de excederse en la autorización, lo que técnicamente se conoce como consentimiento informado. Si bien es cierto que el fallo considera el agravante de tratarse de un profesional en una práctica que no era emergencia, recordemos que se trata de un especialista en ejercicio de su especialidad. 
La analogía con la provisión de un auxilio está a la vuelta de la esquina.
Por lo que es un buen momento para re-jerarquizar el consentimiento de la víctima y recordar que este no es un cheque en blanco, por lo que el consentimiento se deberá renovar con cada practica que se le efectúe: curación, inmovilización, colocación de mascara, traslado.etc.
Los fallos contra auxiliadores en USA solo fueron contra aquellos que no respetaron los limites puestos por la víctima: movilizar un trauma espinal contra su voluntad , o los que practicaron procedimientos no previstos en los protocolos universalmente aceptados.
Por otro lado ninguna ley obliga a los auxiliadores a proveer ayuda en caso de escenario inseguro, ni les obliga calidad en los resultados, la calidad debe estar en el procedimiento.
En caso de no obtener el consentimiento de un víctima, a pesar de documentarle los beneficios de un tratamiento, se deberá activar el SEM , bomberos, guardacostas, defensa civil o equivalente.
 
                                                                                                                         
 
Resumen del fallo, lo resaltado es original del diario:
 
Condenado por operar sin permiso. Clarín.com . Martes 22 de julio de 2003.
Un cirujano que provocó la muerte de un colega al que le extrajo un tumor sin estar autorizado para ello deberá indemnizar con casi un millón de pesos a los familiares de la víctima. La sentencia recayó en el cirujano Antonio Guillermo Carrizo, al que responsabilizó civilmente por la muerte del médico anestesiólogo Alejandro Bosio, a quien operó el 27 de mayo de 1996 y que falleció días después.
Los límites entre lo que la ley autoriza y las intenciones de los hombres quedaron en evidencia en esta sentencia que reconoce el "consentimiento informado" como el marco dentro del cual debe actuar el médico, más aun cuando la vida del paciente no corre peligro. Si el neurocirujano Carrizo fue condenado a indemnizar a los familiares del anestesiólogo fue porque le realizó una operación diferente de aquella para la que había sido autorizado.
Alejandro Bosio levaba una vida normal con medicamentos para tener bajo control una diabetes insípida que se le había declarado hacía algún tiempo. La decisión de someterse a una microcirugía surgió tiempo después, cuando durante una tomografía computada y una resonancia magnética de rutina se le detectó un tumor aparentemente benigno en el hipotálamo.
Sin embargo, un neurocirujano con quien él había trabajado, le propuso una exploración en el cerebro, una microcirugía sólo con fines exploratorios para hacer una biopsia. En este contexto y luego de la charla explicativa, el anestesiólogo en calidad de paciente firmó el "consentimiento informado" previo a la intervención quirúrgica (que no iba a durar más de cuatro horas y que sólo tenía fines exploratorios). El escrito donde constaba el "consentimiento informado" —central en el juicio civil— fue encontrado en el Sanatorio Mitre durante el allanamiento.
"Ese día se hace la microcirugía y verifican el tumor en el hipotálamo. El neurocirujano constata, además, que estaba encapsulado, no obstante lo cual, y de motus propio, decide extirparlo. La operación, en vez de durar cuatro horas dura 9 y en ningún momento se le pide autorización a la esposa del paciente, que se encontraba esperando afuera", relata el abogado. A la madrugada del día siguiente, el paciente comenzó a sentirse mal, apareció un hematoma en la lesión y lo volvieron a operar. La coagulación se complicó cada vez más y luego de entrar en coma el 30 de mayo, el paciente falleció el 4 de junio.
El abogado no ocultó su beneplácito por el alcance de la sentencia. "El fallo del juez Mario Hugo Lezama garantiza los derechos de la víctima ante los límites otorgados a la actuación profesional de un médico. Las intenciones de Carrizo no fueron juzgadas, solamente los resultados de su impericia, imprudencia y negligencia. Incluso llega a especificar que el intento de excelencia con riesgo es enemiga de lo correcto, una frase que constaba en la pericia médica luego de que el neurocirujano había asegurado, en su defensa, que él había hecho lo mejor que pudo hacer".

 

Omar Sanchez, Wetdoc.

Aclaración: La presente publicación, como cualquier otro medio de información electrónico o escrito no pueden, ni deben reemplazar la adecuada formación del alumno, cosa que solo  se obtiene en los cursos teórico - prácticos bajo las normas de certificadoras con estándares internacionales.
 



       
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